viernes, 23 de mayo de 2014

MODALIDADES DE IMPORTACIÓN: 



 IMPORTACIÓN ORDINARIA: Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional con el fin de  permanecer en él de manera indefinida, en libre disposición, con el pago de los tributos aduaneros a que  hubiere lugar y siguiendo el procedimiento pue a continuación se establece. 


IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA: Es aquella importación que en virtud de Tratado, Convenio o Ley, goza de exención total o parcial de tributos aduaneros y con base en la cual la mercancía queda en disposición restringida, salvo lo dispuesto en la norma que consagra el beneficio. 


IMPORTACIÓN EN CUMPLIMIENTO DE GARANTÍA: Se podrá importar sin el pago de tributos aduaneros, la mercancía que en cumplimiento de una garantía del  fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior, o reemplace otra previamente exportada, que haya resultado averiada, defectuosa o impropia para el fin para el cual fue importada. La mercancía así importada quedará en libre disposición.

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO: Es la importación al territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. No podrán importarse bajo esta modalidad mercancías fungibles, ni aquellas que no puedan ser plenamente identificadas. 


IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO:

a) Importacion Temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital:

Es la modalidad que permite la importacio de bienes de capital o sus partes y repuestos con suspension de tributos aduaneros destinados a ser exportados despues de haber sido sometidos a reparacion o acondicionamiento, en un plazo no superior a seis meses.

b) Importacion Temporal en desarrollo de sistemas especiales de Importacion y Exportacion

La modalidad que permite recibir dentro del territorio aduanero nacional mercancia con suspension total o parcial de tributos aduaneros , mercancias especificas destinadas a ser exportadas total o parcialmente en un plazo determinado, despues de haber sufrido transformacion, reparacion o elaboracion, asi como los insumos necesarios para estas operaciones.

c) Importacion Temporal para Procesamiento Industrial:

Es la modalidad donde se importan temporalmente materias primas o insumos a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura por parte de usuarios altamente exportadores y autorizados por la autoridad aduanera quedando en disposición restringida.



REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO: La reimportación de mercancía exportada temporalmente para elaboración reparación o transformación causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior incluidos gastos complementarios a dichas operaciones para la cual se aplicara tarifas correspondientes a ala sub-partida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedara en libre disposición.

IMPORTACION PARA TRANSFORMACION O ENSAMBLE: Es la modalidad bajo la cual se importa mercancías que van a ser sometidas a proceso de transformación o ensamble por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad competente y autorizadas quedando en disposición restringida el autorizado deberá presentar declaración de importación indicando la modalidad sin el pago de tributos, la DIAN dará instrucciones y habilitara el deposito donde se almacenará la mercancía que será sometida a transformación o ensamble 

MENAJE DOMESTICO: Los residentes en el exterior que ingresen al TANC para fijar su residencia tendrán derecho a introducir los efectos personales y menaje domestico correspondiente a su unidad familiar sin que requiera registro a licencia de importación para efectos de la importación la DIAN establecerá los artículos y cantidades que podrán someterse a esta modalidad de importación

VIAJEROS: Esta modalidad solo es aplicable a mercancías que no constituyan expedición comercial o sean introducidas por viajeros en terminos consistentes exclusivamente en bienes de uso personal o familiar , bienes destinados a ser objeto de regalo sin que por su naturaleza o su cantidad reflejen intencion alguna de caracter comercial.



Referencia: http://www.sic.gov.co/recursos_user/documentos/normatividad/Dec2685_1999.pdf




Noticia Mayo 

Financial Crisis, Over and Already Forgotten


  • Authority: Is the level of influence a person has on a collective. The authority is also the prestige gained by a person or organization with its quality or competence of certain matters.
* Autoridad 

  • Law: Is a rule enacted by the legislature, that is, a principle established by the competent authority, who commanded or forbidden something in line with the law.
* Ley 

  • Legislation:  Body of law governing a particular matter or set of laws of a country.
* Legislacion 

  • Fairness: Justice, fairness in treatment or distribution.
* Equidad 

  • Companies: Is an organization, institution or industry engaged in activities or pursuing economic or commercial purposes, to meet the needs of goods or services from applicants, the couple to ensure continuity of production-trade structure and its necessary investments.
* Empresas


Phrase: The authority is the governing laws.



Referencias: 
http://www.nytimes.com/2014/05/23/business/the-financial-crisis-already-forgotten.html?ref=business









Noticia Abril 

Competing Visions for Russia’s Economic Future



  • Deepen: Analyze or examine something carefully to reach your perfect knowledge.
* Profundizar

  • Markets: Any set of transactions or swaps of goods or services between individuals or associations of individuals.
* Mercados 

  • Courting: Attending, accompany [one] contributing to what is to your liking.
* Cortejando 


  • Budget: Calculation and negotiation of anticipated revenues and expenditures of economic activity (personal, family, a business, a business, an office, a government) over a period, usually annually.
* Presupuesto 

  • Privatizations: Is a legal-economic process by which business activities are transferred from public to private sector, ie, transferred or taken either from the state or the community (see Good public and community ownership) to private operators.
* Privatizaciones 





















Phrase:  The markets have expanded worldwide.




Referencias

http://www.nytimes.com/2014/05/23/business/international/competing-visions-for-russias-economic-future.html?ref=business




jueves, 22 de mayo de 2014





Semana 12-16 de Mayo

TÉRMINOS COMERCIALES



INCONTERMS: Facilitan las operaciones de comercio internacional y delimitan las obligaciones, esto hace que el riesgo disminuya. Los incontermes regula la transferencia de riesgo, distribucion de costos de laoperacion, distribucion de documentos de la operacion, condiciones de entrega de la mercancia. Los incontermes no regulan a forma de pago y precio, la transmision de la propiedad de la mercancia, consecuencias del incumplimiento del contrato.  De igual manera ls incontermes se crearon en 1920 para mejorar las responsabilidades y los riesgos de la negociacion.




EXW:  Significa que el vendedor entrega cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, almacén, etc.). Asi mismo las obligaciones del vendedor son la entrega de mercancia y documentos necesarios, el empaque y embalaje. 

Las obligaciones del comprador son el pago de la mercancia, flete interno, aduana, gastos de exportacion ( almacenaje, agentes) flete internacional, seguro, gastos de importacion, transporte y seguro.

FCA: Franco transportista, Este incoterm puede ser utilizado en cualquier modo de transporte o cuando se emplee el transporte multimodal. tambien  significa que el vendedor entrega la mercancía al porteador (transportista) o a otra persona designada por el comprador en los locales del vendedor o en otro lugar designado. Es clave que las partes especifiquen el punto en el sitio de entrega elegido, ya que el riesgo se transmite al comprador allí.

CPT: Transporte Pagado Hasta Este incoterm puede ser utilizado en cualquier modo de transporte o cuando se emplee el transporte multimodal, significa que el vendedor debe entregar la mercancía al porteador (transportador) en el lugar acordado y, además, asumir la contratación y el pago de los costos de transporte necesario para llevar la mercancía hasta el sitio designado. Es importante tener en cuenta que cuando se utiliza CPT, el vendedor cumple con su obligación de entrega en el momento en que entrega. 

CIP: Transporte y Seguro Pagado Hasta , el vendedor debe contratar y pagar los costos hasta el lugar de destino acordado, no obstante, cumple con su obligación cuando entrega la mercancía en manos del transportador y no cuando llega al lugar de destino. De igual forma, el vendedor paga el seguro contra riesgo de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte de la misma.

DAT: La mercancía es entregada en la terminal* designada en el puerto o lugar de destino, una vez descargada del medio de transporte de llegada. Se aconseja especificar claramente el punto específico de la terminal en el puerto o lugar de destino designado.

DAP: Entrega en lugar, la mercancía es entregada en el medio de transporte de llegada y preparada para la descarga en el lugar de destino designado.
Se aconseja especificar claramente el punto de entrega en el lugar de destino acordado.Este término obliga al vendedor a efectuar el despacho de exportación más no los trámites de importación.

DDP: Entrega de Derechos Pagados, la mercancía es entregada, en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado y despachada para la importación. Este término otorga la máxima responsabilidad al vendedor.
Se aconseja especificar muy claramente el punto en el lugar de destino acordado.

FAS: Franco al costado del Buque, es utilizado únicamente para transporte marítimo o vías navegables. La responsabilidad del vendedor llega hasta cuando pone la mercancía al costado del buque designado por el comprador y la de este último, empieza de ahí en adelante.  Es importante aclarar el lugar de carga en el puerto de embarque designado, ya que hasta dicho punto el vendedor asume toda la responsabilidad.

FOB: Es utilizado únicamente para transporte marítimo o vías navegables. La responsabilidad del vendedor llega hasta cuando pone la mercancía a bordo del buque designado por el comprador y la de este último, empieza de ahí en adelante.

CFR: Costo y flete ,es utilizado únicamente para transporte marítimo o vías navegables. El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador y cumple con su obligación cuando traspasa la mercancía en manos del transportador y no cuando llega al lugar de destino. El vendedor debe pagar los costos y el flete para movilizar la mercancía hasta el puerto de destino designado, por eso es importante aclarar con exactitud el punto en el que será entregada la mercancía.

CIF: Costo, seguro y flete, es utilizado únicamente para transporte marítimo o vías navegables. El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador y cumple con su obligación cuando cede la mercancía al transportador y no cuando llega al lugar de destino. El vendedor debe pagar los costos y el flete para movilizar la mercancía hasta el puerto de destino designado, por eso es importante aclarar con exactitud el punto en el que será entregada la mercancía.



Referencias: 
  • http://bibliotecadigital.usbcali.edu.co:2058/BancoConocimiento/I/Incoterms-2010/Incoterms-2010.asp?paisingreso=col&DivMenu=Menu3&DivSubMenu=Menu3

  • https://www.google.com.co/search?q=inconterms&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=2Kx














Semana 8-12 de Mayo 

IMPORTACIÓN 

Significa la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional. También se considera importación la introducción de mercancías procedentes de Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, al resto del territorio aduanero nacional en los términos previstos en el Decreto 2586 de 1999.


PASOS DE IMPORTACIÓN

1. Estudio de Mercado






  •                                                  
  •                                         
  • IDIOMA
  • PIB
  • BALANZA COMERCIAL
  • PERMISOS Y VISTOS BUENOS 
  • PUERTOS
  • ARANCELES
  • ACUERDOS COMERCIALES


2. Posición Arancelaria: Se encuentra en la Pagina de la DIAN ( Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales de Colombia) 
3. Cotización Factura Pro-forma

4. Factura Comercial: En esta factura debera ir  el nombre , la razon social del exportador, la direccion, descripcion del producto, valor en dolares y el medio de pago.

5. Certicamaras: Provee la seguridad jurídica y tecnológica en entornos electrónicos  cumpliendo el marco legal, las normas y estándares internacionales.

6. Agente Aduanero: Es la persona fisica autorizada por la intendencia de Aduanas de la superintendencia de administracion tributaria SAT.

7. Agente de Carga Internacional : Persona jurídica cuyo objeto social incluye, entre otras las siguientes actividades: Coordinar y organizar embarques, consolidar carga de exportación o desconsolidar carga de importación, emitir o recibir del exterior los documentos de transporte propios de su actividad.

8. Transporte Internacional  Operación de tránsito aduanero mediante el cual se efectúa el transporte de mercancías o personas de un país otro; es decir, el transporte que se efectúa entre varias naciones, y que son sometidos a varias actividades materiales y legales (controles aduaneros).

9. Arrivo de Mercancia: La mercancia llega al puerto, en este se maneja la legislacion aduanera.
10. Zona Primaria 
11. Deposito: Se maneja mediante la planilla de envio.
12. Declaracion de importacion: 


DECLARACION_DE_IMPORTACION_DILIGENCIADAT.jpg
13. Pago de tributos:  Es el arancel del 15% y el IVA del 16% 
14. Revision de la mercancia de la DIAN: Este se realiza mediante el MUISCA, el cual su proposito es gestiónar y propender por la apropiación de mejores prácticas en todos los niveles de la organización de la DIAN. Se maneja el semaforo :

15. Libre disposición.
  1. Verde: Levante Automatica
  2. Amarillo: Revision Documental
  3. Rojo: Inspeccion fisica                                                     - documental